Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) – Ley 27.610
¿Qué es la IVE?
La Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) es un derecho garantizado por la Ley 27.610, que permite a todas las personas con capacidad de gestar acceder a la interrupción del embarazo:
– Hasta la semana 14 inclusive, sin necesidad de justificar motivos.
– Después de la semana 14, si el embarazo es producto de una violación o si representa un peligro para la vida o la salud de la persona gestante.
¿Qué cobertura brinda OSTIG?
De acuerdo con la Ley 27.610 y la Superintendencia de Servicios de Salud:
– La práctica es 100% gratuita, sin coseguros ni autorización previa.
– Está incluida en el Plan Médico Obligatorio (PMO).
– Se garantiza atención médica integral: consulta, seguimiento, medicamentos y anticoncepción posterior.
¿Cómo acceder a una IVE a través de OSTIG?
- Solicitá atención médica a través de los canales habituales (presencial, teléfono o mail).
- Informá tu decisión de acceder a la IVE, según tus derechos.
- No se necesita autorización previa ni derivación.
- La práctica debe realizarse dentro de los 10 días corridos desde la solicitud.
- En caso de objeción de conciencia del profesional, debe garantizarse derivación inmediata.
¿Dónde hacer consultas o presentar reclamos?
– Correo institucional: derechos@ostig.com.ar
– Superintendencia de Servicios de Salud: 0800-222-72583 (SALUD)
– Web: https://www.argentina.gob.ar/salud/sssalud
Normativa Aplicable
- Ley 27.610 – Acceso a la Interrupción Voluntaria y Legal del Embarazo
- Ley 26.529 – Derechos del Paciente
- Resolución 1/2021 – Ministerio de Salud
- Resolución 33/2022 – SSSalud (PMO)
Obra Social de los Trabajadores de lndustria del Gas de la República Argentina
- 1149941842
- Av. Boedo 90. PB
- Lu a Vie 09:00 a 17:00 hs.
- ostig@ostig.com.ar
- Superintendencia de Servicios de Salud
