Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) – Ley 27.610

¿Qué es la IVE?

La Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) es un derecho garantizado por la Ley 27.610, que permite a todas las personas con capacidad de gestar acceder a la interrupción del embarazo:
– Hasta la semana 14 inclusive, sin necesidad de justificar motivos.
– Después de la semana 14, si el embarazo es producto de una violación o si representa un peligro para la vida o la salud de la persona gestante.

¿Qué cobertura brinda OSTIG?

De acuerdo con la Ley 27.610 y la Superintendencia de Servicios de Salud:
– La práctica es 100% gratuita, sin coseguros ni autorización previa.
– Está incluida en el Plan Médico Obligatorio (PMO).
– Se garantiza atención médica integral: consulta, seguimiento, medicamentos y anticoncepción posterior.

¿Cómo acceder a una IVE a través de OSTIG?

  1. Solicitá atención médica a través de los canales habituales (presencial, teléfono o mail).
  2. Informá tu decisión de acceder a la IVE, según tus derechos.
  3. No se necesita autorización previa ni derivación.
  4. La práctica debe realizarse dentro de los 10 días corridos desde la solicitud.
  5. En caso de objeción de conciencia del profesional, debe garantizarse derivación inmediata.

¿Dónde hacer consultas o presentar reclamos?

– Correo institucional: derechos@ostig.com.ar
– Superintendencia de Servicios de Salud: 0800-222-72583 (SALUD)
– Web: https://www.argentina.gob.ar/salud/sssalud

Normativa Aplicable

  • Ley 27.610 – Acceso a la Interrupción Voluntaria y Legal del Embarazo
  • Ley 26.529 – Derechos del Paciente
  • Resolución 1/2021 – Ministerio de Salud
  • Resolución 33/2022 – SSSalud (PMO)

Obra Social de los Trabajadores de lndustria del Gas de la República Argentina